A- de 2025
Ponente José Fernando Reyes Cuartas
✓Demandante Santodomingo & Castro Abogados Sa En Represetacion De Cristhian Javier Julio Araujo·Demandado La Previsora Seguros Sa
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Las reglas de reparto no generan conflictos de competencia en materia de tutela
- Competencia de autoridad judicial a quien primero fue repartida o ante quien se accionó
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto de competencia entre el Juzgado 12 Penal Municipal con Funciones de Conocimiento de Santa Marta y el Juzgado 4 Administrativo del Circuito de la misma ciudad.
Encontró la Corte que en el presente caso solo se presentó un conflicto aparente, en la medida en que el primer despacho aplicó indebidamente las reglas de reparto contenidas en el Decreto 333 de 2021, Destacó la Sala que con la anterior actuación se contrarió la reiterada jurisprudencia constitucional, según la cual, las reglas de reparto no integran los mandatos procesales en materia de competencia, pues solo son pautas de asignación de expedientes de tutela.
En ese sentido, indicó que la precitada autoridad desconoció los principios de celeridad y eficacia de la administración de justicia, así como la naturaleza misma de la acción de tutela como mecanismo constitucional para la resolución inmediata de vulneraciones de derechos fundamentales.
Se dirimió el conflicto con la remisión del expediente al Juzgado 12 Penal Municipal con Funciones de Conocimiento de Santa Marta para que, de manera inmediata, tramite y adopte la decisión de fondo a la que haya lugar.
Se hizo una advertencia a este operador jurídico para que, en lo sucesivo, se abstenga de suscitar conflictos de competencia a partir de las reglas de reparto contenidas en el Decreto 1069 de 2015, modificadas por el Decreto 333 del 2021.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (4 puntos)
- Primero. DEJAR SIN EFECTOS el Auto del 28 de mayo de 2025 proferido por el Juzgado 012 Penal Municipal con Funciones de Conocimiento de Santa Marta, dentro de la acción de tutela formulada por el señor Cristian Javier Julio Araujo en contra de La Previsora S.A.
- Segundo. REMITIR el expediente ICC-5038 al Juzgado 012 Penal Municipal con Funciones de Conocimiento de Santa Marta para que, de manera inmediata, tramite y adopte la decisión de fondo a la que haya lugar.
- Tercero. ADVERTIR al Juzgado 012 Penal Municipal con Funciones de Conocimiento de Santa Marta que, en lo sucesivo, se abstenga de suscitar conflictos de competencia a partir de las reglas de reparto contenidas en el Decreto 1069 de 2015, modificadas por el Decreto 333 del 2021.
- Cuarto. Por Secretaría General, COMUNICAR al accionante y al Juzgado 004 Administrativo del Circuito de Santa Marta la decisión adoptada en esta providencia.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.